¿Cuál es el procedimiento para que una Obra Específica Privada sea incluida en el decreto del Ministerio de Hacienda?
Las personas o entidades interesadas en que una determinada Obra Específica de Naturaleza Privada sea incluida dentro del listado de obras para ser financiadas con recursos de la Ley N° 20.444, podrán presentar sus propuestas al Ministerio de Hacienda por medio del formulario disponible en la página web para tal efecto.
Una vez completado el formulario, se efectuará un breve análisis de mérito de las propuestas recibidas. Tras dicho estudio, el Ministerio de Hacienda remitirá al Ministerio de Desarrollo Social (Mideso) toda la información recibida respecto del proyecto u obra en cuestión.
A partir de ese momento, Mideso deberá realizar, en un plazo breve, una evaluación técnico económica que determine si la obra privada tiene un manifiesto interés público o presta un servicio a la comunidad en general.
Las propuestas presentadas por los interesados deberán contener toda la información necesaria que asegure la correcta e inequívoca identificación de la obra en cuestión, debiendo detallarse, a lo menos, la región, provincia y comuna en que dicha obra ha de emplazarse; el tipo de obra en cuestión; sus especificaciones técnicas, y los fundamentos que justifiquen su financiamiento con recursos del Fondo, así como la información detallada acerca del valor y costo de la misma.
Además, los interesados deberán adjuntar toda la información necesaria que permita su completa y correcta identificación o individualización, incluyendo información sobre su nombre o razón social, su número de Rol Único Tributario, domicilio, profesión u oficio o giro, según corresponda, y el nombre y cédula de identidad del representante legal, en su caso. La misma información, deberá adjuntarse respecto del eventual beneficiario de los recursos donados en caso de que sea una persona diferente.