¿Cómo puede donarse al Fondo?

La forma más simple para efectuar donaciones es a través de aportes en dinero al Fondo Nacional de la Reconstrucción. Para concretar el aporte se deberá completar un formulario dispuesto por la Tesorería General de la República especialmente para estos efectos.
Las donaciones en dinero podrán materializarse en pesos chilenos o en moneda extranjera en las oficinas de la Tesorería General de la República, en su red de agentes autorizados o mediante transferencia electrónica.
Los dineros recaudados por esta vía serán administrados por el Ministerio de Hacienda, en la forma prevista en la Ley N° 20.444 y su reglamento, y serán transferidos a los distintos ministerios, organismos públicos, gobiernos regionales y municipios para que éstos los destinen al financiamiento de los proyectos de reconstrucción.

Ministerio de Hacienda · Teatinos 120
donaciones@hacienda.gov.cl